La propuesta del presente Plan de Trabajo se enmarca en el Código
Orgánico de Administración Territorial Autonomía y Descentralización según lo
que se determina. Los artículos 32 a), 42 a), 55 a), 65 a); y, 85, regulan las
competencias exclusivas de planificación de los gobiernos autónomos
descentralizados regionales, provinciales, municipales, parroquiales,
respectivamente, en dichos artículos se dispone que los gobiernos autónomos
descentralizados deberán planificar, con otras instituciones del sector público
y actores de la sociedad, el desarrollo de su jurisdicción y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial, de manera articulada con
la planificación nacional, provincial, Cantonal y parroquial, en el marco de la
interculturalidad y plurinacionalidad y el respeto a la diversidad.
INTERRELACIÓN DE COMPETENCIAS POR EJE DE
DESARROLLO |
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PLAN NACIONAL DE DESARROLLO |
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Objetivos 5, 14,
16 |
Objetivos 2, 3, 13 |
Objetivos 5, 6, 7, 9, 15 |
Objetivos 2, 6, 9, 11, 13 |
INSTITUCIONAL |
ECONOMICO |
SOCIAL |
TRANSICIÓN ECOLÓGICA |
Planificación Ordenamiento territorial Uso y gestión del suelo Derechos Participación ciudadana Finanzas Cooperación internacional No reembolsable |
Fomento productivo Turismo Vialidad Riego y drenaje Patrimonio cultural |
Agua potable y saneamiento Protección integral de derechos Protección, socorro y extinción de incendios |
Gestión ambiental Áridos y pétreos Desechos solidos TTTSV (planificar,
regular y controlar el tránsito, transporte terrestre y seguridad vial”) |
ODS 11, 17 |
ODS 2, 8, 9 |
ODS 1, 3, 4, 6, 11, 18 |
ODS 6, 8, 11, 13, 14 |
Competencias
Municipales
Según
la Corte Constitucional de Ecuador: “En el marco jurídico de un Estado
constitucional de derechos y justicia, la competencia constituye la capacidad
de acción de un nivel de gobierno en un sector determinado, la cual se ejerce
mediante facultades o atribuciones, las cuales pueden ser de rectoría, planificación,
regulación, control o gestión, y son establecidas por la Constitución o la ley”.
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COMPETENCIA |
GAD MUNICIPAL |
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Prestación de servicios públicos: Agua potable, Alcantarillado Desechos solidos Saneamiento ambiental |
Planificación,
regulación y operación integral del servicio público de agua potable y
saneamiento ambiental |
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Protección integral de
niñez adolescencia Protección integral de
derechos |
Asegurar los derechos de
niños, niñas y adolescentes Implementar los sistemas de
protección integral de los derechos Conformar concejos
cantonales, juntas cantonales y redes de protección de los derechos de los
grupos de atención prioritaria Para atención en zonas
rurales coordinar con gobiernos provinciales y parroquiales |
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Hábitat y vivienda |
Diseñar
estrategias y programas que integren las relaciones entre vivienda,
servicios, espacios y transporte públicos, equipamiento, gestión del suelo y
riesgos |
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Prevención, protección,
socorro y extinción de incendios |
Prevención, protección,
reacción, socorro, mitigación, reconstrucción y transferencia para enfrentar
incendios (bomberos adscritos al municipio) |
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Infraestructura y equipamiento en salud y educación |
Construir la
infraestructura y dotar de equipamientos físicos con sujeción a la regulación
nacional Mantenimiento
de infraestructura y equipamiento |
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Fomento de las actividades
productivas |
Ejercer la competencia por
delegación de los gobiernos provinciales, únicamente los municipio con
vocación agropecuaria Gestión del turismo |
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Fomento de la seguridad alimentaria |
Implementar la
producción sustentable de alimentos Planificar y
construir infraestructura para fomentar la producción conservación,
intercambio, acceso, comercialización, control y consumo de alimentos Planificación y
construcción de las redes de mercados y centros de transferencia de productos
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Formar y administrar
catastros inmobiliarios |
Formar y administrar
catastros inmobiliarios urbanos y rurales Actualizar los catastros y
la valoración de la propiedad urbana y rural |
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Uso del suelo |
Ejercer el
control sobre el uso y ocupación del suelo |
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Vialidad |
Planificar, construir y mantener
la vialidad urbana y coordinara con los GAD parroquiales las cabeceras de las
parroquias rurales |
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Tránsito, transporte terrestre y seguridad vial |
Planificar,
regular y controlar el tránsito, transporte y seguridad vial dentro de su
territorio cantonal |
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Gestión ambiental |
Otorgar licencias
ambientales, Calificarse como
autoridades ambientales Gestión integral de
desechos Regular, prevenir y
controlar la contaminación ambiental en el territorio cantonal de manera
articulada con las políticas ambientales nacionales |
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Planificar el desarrollo territorial y formular los
correspondientes planes de ordenamiento territorial |
Planificar el
desarrollo territorial cantonal y formular los correspondientes planes de
ordenamiento territorial |
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Cooperación internacional |
Planificar, regular,
controlar y gestionar la obtención de recursos y asistencia técnica |
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Infraestructura física, equipamientos y espacios públicos |
Planificar,
construir y mantener la infraestructura física, los equipamientos y espacios
públicos de alcance municipal |
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Crear, modificar o suprimir
mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras |
Crear, modificar o suprimir
mediante ordenanzas, tasas y contribuciones especiales de mejoras |
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Prestación de servicios que satisfagan necesidades colectivas:
elaboración, manejo y expendio de víveres, servicios de faenamiento, plazas
de mercado y cementerios |
Prestación de
servicios que satisfagan necesidades colectivas respecto de los que no exista
una explicita reserva legal a favor de otros niveles de gobierno; como
cementerios |
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Infraestructura física,
equipamientos y servicios públicos municipales |
Planificar, construir y
mantener la infraestructura física, los equipamientos y espacios públicos de
alcance municipal no contemplados en otras competencias |
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Preservar y garantizar el acceso efectivo de las personas al uso
de las playas de mar, riberas de ríos, lagos y lagunas |
Delimitar,
regular, autorizar y controlar el uso de las playas de mar, riberas y lechos
de ríos, lagos y lagunas, sin perjuicio de las limitaciones que establezca la
ley |
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